En Acuerdo Ministerial Numero 57-03 de fecha 15 de Enero de 2003 el Ministerio de Gobernación acuerda el funcionamiento de la empresa Grupo de Seguridad El Águila S.A.
Nuestras licencias de Operación (A-046 y B-025) de Guardias de seguridad Privada así como Custodia de contenedores y Patrullas, conforme a la Ley 52-2010 que regula los servicios de seguridad privada.
DELITOS : Ley de policías particulares 52-2010
Artículo 66. Servicio ilegal. Toda persona que preste servicios de seguridad privada sin la autorización o sin la licencia de operación regulada en la presente Ley, cometerá el delito de prestación ilegal de servicios de seguridad privada y será sancionada con la pena de seis a doce años de prisión y multa de cien mil Quetzales.
En la misma responsabilidad y sanciones, incurrirán quienes, a sabiendas, contraten empresas o personas que no estén autorizadas para prestar servicios de seguridad privada.

